Convocatoria Anuario DDHH segundo semestre año 2020
ANUARIO DE DERECHOS HUMANOS
Desde 2005 a la fecha, el Centro de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile publica el Anuario de Derechos Humanos, que pone a disposición del público, de manera gratuita, discusiones y desarrollos sobre asuntos que, en materia de derechos humanos, han sido relevantes dentro del período anual cubierto por cada edición.
CONVOCATORIA 2020 (segundo semestre)
La Convocatoria del año 2020, segundo semestre, se abre para recibir contribuciones para las secciones Doctrina, Internacional y Nacional del Anuario de Derechos Humanos de la Facultad de Derechos, hasta el 31 de octubre de 2020.
SECCIÓN DOCTRINA
Para la sección Doctrina se dará preminencia a trabajos científicos versados sobre los temas indicados a continuación, sin perjuicio de que el Anuario pueda publicar artículos referidos a otras temáticas:
- Derechos humanos, nueva constitución y procesos constituyentes.
- Análisis o estudio de las causas que originan la protesta social referida a derechos humanos no satisfechos en diversas sociedades.
- Derechos Humanos, seguridad ciudadana y funciones policiales, ante las demandas sociales y protesta social.
- Garantías de no repetición.
- Derecho a la salud, acceso y garantía ante la urgencia de la pandemia.
SECCIÓN INTERNACIONAL -SECCIÓN NACIONAL
Para las secciones Internacional y Nacional, esta última referida a Chile, se recibirán artículos que brinden información y análisis de los desarrollos más relevantes en la actualidad en el campo de los derechos humanos, especialmente tratándose de aquellos ocurridos durante 2019.
Este semestre, considerando la condición particular que se ha vivido en muchos países de la región y especialmente en Chile, referida a situaciones de protesta social originadas en demandas de cumplimiento de derechos humanos de las personas, particularmente de derechos económicos y sociales, nueva constitución y la emergencia sanitaria derivada del COVID 19 y la afectación en los derechos humanos que esta ha implicado; se ha decidido que para estas secciones sean de especial interés los artículos referidos a los siguientes temas:
- Derechos humanos, nueva constitución y procesos constituyentes.
- Análisis o estudio de las causas que originan la protesta social referida a derechos humanos no satisfechos en diversas sociedades.
- Derechos Humanos, seguridad ciudadana y funciones policiales, ante las demandas sociales y protesta social.
- Derechos humanos, grupos vulnerables y pandemia.
Lo anterior, sin perjuicio de que el Anuario pueda publicar artículos de otras temáticas y referidos a desarrollos en otro marco temporal.
SECCIÓN TEMAS EMERGENTES
La sección Temas Emergentes brinda espacio al análisis de temas emergentes o que plantean nuevas miradas jurídicas en el ámbito de los derechos humanos. En esta sección, la convocatoria es abierta, para cualquier tema que los autores propongan.
EXTENSIÓN DE LOS ARTÍCULOS
Los artículos de la sección Doctrina tendrán una extensión mínima de 7.000 palabras y una extensión máxima de 10.000 palabras, incluyendo notas al pie y bibliografía. Para los artículos de las secciones Internacional y Nacional, la extensión mínima es de 3.500 palabras y la extensión máxima es de 5.000 palabras, incluyendo notas al pie y bibliografía. La extensión máxima para los artículos de la sección de Temas Emergentes será de 15.000 palabras.
FORMATO E INFORMACIÓN DEL ENVÍO
- a) Formato
Los artículos deberán ser presentados en formato .doc. o .docx., en papel tamaño carta, fuente Times New Roman, tamaño 12, interlineado sencillo, texto justificado a izquierda y derecha, con márgenes de 2,5 centímetros arriba y abajo, y de 3 cm a ambos lados. Información del autor/a.
Los artículos deberán ser enviados a través de la página web del Anuario (http://www.anuariocdh.uchile.cl), debiendo los/as autores/as crear una cuenta de acceso con nombre de usuario y contraseña. Cualquier consulta la pueden dirigir al correo electrónico: anuario-cdh@derecho.uchile.cl
- b) Información del/la autor/a
El/la autor/a deberá remitir en la primera página, separada del cuerpo del artículo, una breve referencia bibliográfica (máximo 150 palabras) que contenga: a. nombre completo; b. grados académicos, indicando la institución que los otorgó; c. principales cargos profesionales, académicos u otros que desempeñe e institución a la que pertenece (Universidad, ONG, poder del Estado, etc.), respectiva ciudad y país; d. direcciones de correo electrónico y postal y, si es el caso, mención a la(s) fuente(s) de financiamiento o auspicio para la realización del artículo.
- c) Resumen y palabras clave
Además, deberá remitirse un resumen del artículo de entre 150 y 200 palabras, y entre 3 a 5 palabras clave para efectos de la clasificación bibliográfica. El título, resumen y palabras clave deberán estar en español e inglés.
SELECCIÓN Y APROBACIÓN DE MANUSCRITOS
El equipo editorial del Anuario decidirá de la publicación de los trabajos después de recibido un informe externo de pares evaluadores.
Puede rechazarse la publicación de cualquier trabajo, sin expresión de causa. Puede también condicionarse la publicación a la realización de ciertos cambios de fondo o de forma. Los/as autores/as tendrán un plazo fijado por la editora para la realización de los cambios, después del cual, en caso de no tener respuesta del/la autor/a, se entenderá que el/la autor/a ha aceptado los cambios sugeridos a su trabajo, sin perjuicio de lo cual el Anuario podrá decidir no publicar el artículo en el estado en que se encuentra.
Lo/as autores/as son notificados de todas las decisiones por correo electrónico.
ORIGINALIDAD
El Anuario solo recibe trabajos originales e inéditos. A estos efectos, se consideran originales los artículos (i) que no hayan sido publicados previamente (ii) ni sean enviados simultáneamente para su evaluación a otra publicación; y (iii) textos presentados en alguna instancia académica (seminario, congreso, simposio, etc.), siempre que no hayan sido publicados.
Al aceptar la publicación de su obra en el Anuario de Derecho Humanos, el/la autor/a libera de cualquier responsabilidad al equipo editorial del Anuario por toda infracción legal, reglamentaria o contractual que eventualmente cometa o hubiere cometido en relación a la publicación remitida, y se obliga a reparar cualquier perjuicio ocasionado que hubiese sido causado a los editores por dicha infracción.
DERECHOS DE AUTOR
El Anuario es de distribución gratuita, sus números se encuentran íntegramente disponibles en internet y se publica con algunos derechos reservados.
Al aceptar la publicación de un artículo en el Anuario, el/la autora autoriza la reproducción del contenido de la publicación, siempre que (i) se reconozca y cite al autor/a original y publicación, (ii) no se realicen modificaciones a la obra y (iii) no se utilice para fines comerciales.
NORMAS SOBRE REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
El Anuario de Derechos Humanos se basa para las referencias bibliográficas en el sistema de citas del manual de Chicago, 16° edición, en su versión autor-data.
Las notas al pie deben ser escritas con letra Times New Roman, tamaño 10 a espacio sencillo, justificadas a izquierda y derecha y sin sangrías. El número de referencia de la nota al pie será ubicado después del texto citado.
Todos los artículos enviados deben adecuarse a las normas editoriales adoptadas por el Anuario. Por consiguiente, el cumplimiento insatisfactorio por parte de los autores de las mencionadas normas constituye motivo de rechazo de la publicación.
Los artículos deberán contener, al final, un apartado titulado “Referencias”, donde se incluirán todos los trabajos (libros, artículos de revistas, capítulos de obras colectivas, formatos electrónicos, etc.) efectivamente citados, ordenados alfabéticamente por el primer apellido de su(s) autor(es) (en Versalitas), con los datos que se indican a continuación:
REFERENCIAS COMPLETAS
- Libro
Un(a) autor(a)/editor(a):
El nombre del autor(a) debe ir invertido, esto es, primero el o los apellidos seguido del nombre y separados por una coma. El parén- tesis encierra el año de publicación. Título de la obra en cursiva. Lugar de publicación y editorial separados por dos puntos.
BROWNLIE, Ian (2003). Principles of Public International Law. New York: Oxford University Press.
Dos o tres autores/editores:
Sólo el primer nombre se invierte en el listado de referencias y el apellido va en Versalita; el resto se debe mantener tal como aparece en la fuente.
MEDINA, Cecilia y Claudio NASH (2011). Sistema interamericano de derechos humanos: Introducción a sus mecanismos de protección. Santiago de Chile: Centro de Derechos Humanos Facultad de Derecho, Universidad de Chile.
Para cuatro o más autores/editores:
Deben incluirse los nombres y apellidos de todos los autores en la entrada del listado final de referencias.
VAN DIJK, Teun, Fried van Hoof, Arejen van Rijin y Leo Zwaak (2006). Theory and Practice of the European Convention on Human Rights. 4th edition. Antwerpen-Oxford: Intersentia.
Más de una obra de un(a) mismo(a) autor(a) y año de publicación
El orden es por fecha de publicación. En el caso de que coincidan el nombre del autor y la fecha de publicación, los recursos se ordenan alfabéticamente agregando una letra minúscula al año: 2011a, 2011b, 2011c, etcétera.
BAXI, Upendra (1994). Inhuman Wrongs and Human Rights: Unconventional Essays. New Delhi: Har Anand. BAXI, Upendra (1994a). Mambrino’s Helmet?: Human Rights for a Changing World. New Delhi: Har Anand.
- Artículo de una obra colectiva
APELLIDO, seguido del nombre del autor(a). El título del artículo va dentro de «comillas latinas», seguido del nombre del editor(a), del título la obra colectiva en cursiva, y del rango de páginas en que aparece el artículo en la obra colectiva (entre paréntesis). Lugar de publicación y editorial separados por dos puntos.
FRANCESCHET, Susan (2008). «¿Promueven las cuotas de género los intereses de las mujeres? El impacto de las cuotas en la representación sustantiva de las mujeres» En Marcela Ríos Tobar (compiladora), Mujer y política. El impacto de las cuotas de género en América Latina (61-96). Santiago: Catalonia.
Otros datos editoriales: en la referencia completa de las obras consultadas, cuando corresponda, debe mencionarse el tomo de la obra (va luego del título, idealmente en número arábigo y sin abreviaturas), el número de edición (después del título o del tomo, según corresponda) y los traductores (después del título o del tomo, según corresponda).
MONTESQUIEU, Charles-Louis de Secondat (1984). Del espíritu de las leyes. Tomo I. Traducción de la edición francesa por Mercedes Blázquez y Pedro de Vega. Barcelona: Ediciones Orbis.
GREEN, Leslie C. (2000). The contemporary law of armed conflict. 2a edición. Manchester: Manchester University Press.
- Artículo de una publicación seriada
APELLIDO, seguido del nombre del autor(a). El título del artículo va dentro de comillas latinas, seguido del título la revista en cursiva, el rango de páginas en que aparece el artículo va entre paréntesis. Lugar de publicación y editorial separado por dos puntos.
SHELTON, Dinah (2008). «Prohibición de Discriminación en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos». Anuario de Derechos Humanos, n° 4: 15-39.
LUBAN, David (2004). «A Theory of Crimes against Humanity». Yale Journal of International Law, vol. 29 n° 1: 85-167.
- Libro citado desde la web
En las publicaciones electrónicas se debe hacer referencia, preferencialmente, al número de DOI o, caso no exista este último, el enlace que aloja la publicación.
PALACIOS, Patricia (año). «El tratamiento de la violencia de género en la Organización de Naciones Unidas». Santiago de Chile: Universidad de Chile, Facultad de Derecho, Centro de Derechos Humanos). Disponible en http://www.cdh.uchile.cl/media/publicaciones/pdf/1.pdf.
- Artículo citado desde la web
RICHARDSON, Lucy (2015). «Economic, Social and Cultural Rights (and Beyond) in the UN Human Rights Council». Human Rights Law Review, vol. 15 n° 3: 409–440. DOI:10.1093/hrlr/ngv016.
- Artículo de periódico citado desde la web
LACALLE HERRERA, Luis Alberto. “Por qué no”. La Patria. Semanario Digital, Uruguay, 23 de marzo de 2012. Disponible en: http://patria.com.uy/2012/03/23/por-que-no/
- Resoluciones judiciales nacionales o internacionales
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA DE CHILE (TC), rol N° 1881-10-INA. Requerimiento de inaplicabili- dad por inconstitucionalidad presentado por la Corte de Apelaciones de Santiago respecto del artículo 102 del Código Civil, en los autos Rol No 6787-2010, sobre recurso de protección interpuesto ante la Corte de Apelaciones de Santiago en contra de Oficial de Registro Civil Adjunto. Sentencia de 3 de noviembre de 2011.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN ARGENTINA (CSJN), D.1682. XL, Derecho, René Jesús s/ incidente de prescripción de la acción penal –causa 24.079–, rta. 11 de julio de 2007.
CORTE IDH. Caso Almonacid Arellano y otros vs. Chile. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 26 de septiembre de 2006. Serie C n° 154.
TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS (TEDH [Gran Sala]. A, B y C v. Irlanda (n° 25579/05). Sentencia de 16 de diciembre de 2010.
- Otras resoluciones de organismos internacionales
COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS. Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos: Chile. 17 de abril de 2007. CCPR/C/CHL/CO/5.
COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH). Informe sobre la situación de las defensoras y defensores de los derechos humanos en las Américas. 7 de marzo de 2006. OEA/Ser.L/V/II.124, Doc. 5 rev.1.
- Tratados internacionales
OIT. Convenio 189 sobre Trabajo Decente para las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos. Adoptado el 16 de junio de 2011.
ONU. Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. Adoptada el 18 de diciembre de 1959.
OEA. Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará). Adoptada el 9 de junio de 1994.
- Leyes y otras normas
Ley N° 1.448 de 2011 por la cual se dictan Medidas de Atención, Asistencia y Reparación Integral a las Víctimas del Conflicto Armado Interno y se dictan otras Disposiciones. Congreso de la República de Colombia, 10 de junio de 2011.
Decreto Supremo N° 1.086 sobre Reuniones Públicas. Ministerio del Interior, República de Chile, 16 de septiembre de 1983.
REFERENCIAS ABREVIADAS
Se emplean dentro del texto y (entre paréntesis).
- Referencias abreviadas de obras
En las referencias abreviadas de las obras citadas (libros, obras colectivas, capítulos, artículos de publicaciones periódicas, etc.) se deberá señalar el o los apellidos del autor(a) (en VERSALITAS), el año: y el número o números de la(s) página(s) de la cita. Para cuatro o más autores la cita debe mencionar sólo el apellido del primer(a) autor(a) listado, seguido de la expresión «y otros».
Un autor
(BROWNLIE, 2003: 23).
Dos o tres autores
(MEDINA y NASH 2011: 10).
Cuatro o más autores
(VAN DIJK y otros, 2006: 237-271).
Más de una obra de un mismo autor y año de publicación
(BAXI, 1994: 34). (BAXI, 1994a: 110).
- Referencias abreviadas de resoluciones judiciales
En las referencias abreviadas a resoluciones judiciales deberá indicarse el nombre del tribunal, nombre de las partes (en cursiva), y el párrafo(s) citado(s). Para las sentencias nacionales, nombre del tribunal, número de rol y considerando(s) citado(s).
(CORTE IDH. Caso Almonacid Arellano y otros vs. Chile, párr. 122). (TEDH. A, B y C v. Irlanda, párr. 214). (TC. Rol N° 1881-10-INA, considerando 8°).
- Referencias abreviadas de normas jurídicas
En las referencias abreviadas de las normas jurídicas citadas deberá indicarse el número de la ley, el año (entre paréntesis) y número del artículo(s) citado(s).
Ley No 1.448 (2011), art. 7.